Todos los contratos laborales son válidos si cumplen los requisitos determinados para el contrato en cuestión. Si no se cumplen estos requisitos, el contrato estará en fraude de Ley.

A efectos legales, el contrato en contrato en fraude de ley equivale a uno indefinido desde el primer día, es decir, desde que lo firmas. Puede estar en fraude en el mismo momento en el que lo firmas o convertirse en fraude posteriormente y en ambos casos es indefinido.

Da lo mismo lo que diga el contrato y como lo diga, si no se cumplen realmente los requisitos que dan validez al mismo, va a seguir sin cumplirse por muy bien que esté redactado, es decir, que firmes un contrato y que lo aceptes durante años no le da validez.

Así mismo, deben separarse los contratos con causas errónea de los contratos con causas falsas o ilícitas, siendo fraudulentos estos últimos.

Por ejemplo;

  • Si estaría en fraude de ley un contrato eventual realizado en vez de uno de obra si se finalizara el contrato antes de que la obra terminara.
  • Si estaría en fraude de ley un contrato eventual en el que no se determinen clara y taxativamente cual es el objeto del contrato.
  • No estaría en fraude de ley un contrato realizado por obra realizado en vez de uno e interinidad, si fuera cierto que existe la causa de este y se finalizara el contrato con la reincorporación del sustituido.