La Inspección de Trabajo vela por el cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores y, por tanto, toma medidas cuando detecta una infracción de dichos derechos, según lo establecido en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Si estás sopesando interponer una denuncia ante Inspección de Trabajo te recomiendo seguir leyendo este artículo.

Claves en la denuncia ante la inspección de trabajo

Es fundamental comprender que la Inspección de Trabajo no siempre puede abordar eficazmente todas las irregularidades laborales o violaciones cometidas por la empresa. Dos aspectos clave deben tenerse en cuenta:

  1. Competencia Judicial: Solo un juez tiene la capacidad de exigir a la empresa el cumplimiento de un derecho o acción. La Inspección de Trabajo puede imponer sanciones si considera que la empresa ha violado los derechos de los trabajadores, pero la última palabra siempre recae en un juez.
  2. Revisión Judicial: Cualquier sanción impuesta por la Inspección de Trabajo puede ser revisada ante los tribunales. Las actas de inspección gozan de presunción de veracidad, pero esta presunción puede ser cuestionada en un procedimiento judicial.

Qué denunciar ante Inspección de Trabajo

Cuando se trata de un caso particular, las actuaciones de la inspección pueden incluir visitas a la empresa, revisión de documentos y entrevistas con los trabajadores. Las sanciones económicas impuestas por la inspección son coercitivas y pueden llevar a la empresa a cumplir con las órdenes, pero siempre pueden ser impugnadas ante los tribunales.

En este contexto, la Inspección puede ser de gran ayuda en situaciones como:

  • Acoso laboral
  • Falta de alta en la seguridad social
  • Incumplimiento de medidas de prevención de riesgos laborales
  • Contratos en fraude de ley
  • Incumplimiento del registro de horas y jornada laboral, etc..

Sin embargo, no es aconsejable recurrir a la Inspección en casos de:

  • Impagos salariales
  • Despidos o impugnación de sanciones de empleo y sueldo

Estos temas son mejor manejados directamente a través de demandas judiciales.

Presentar una denuncia ante Inspección de Trabajo antes que una demanda

Es esencial recordar que el proceso de inspección y el proceso judicial no son compatibles. La presentación de una denuncia ante la inspección suspende el proceso hasta que se resuelva la demanda judicial.

En algunos casos, presentar primero la denuncia ante la inspección y luego la demanda puede ser estratégico, utilizando el expediente inspeccionado como prueba.

El trabajador está siempre protegido al reclamar sus derechos en la empresa debido a la garantía de indemnidad.

A pesar de que las denuncias presentadas ante la inspección de trabajo son anónimas, en caso de represalias, como un despido, se deberá demostrar que la empresa tenía conocimiento de la denuncia (o sospechaba de ella) y que la medida tomada fue consecuencia directa de dicha denuncia.

La garantía de indemnidad asegura que ningún trabajador sufra represalias después de haber reclamado sus derechos.

Modelo de denuncia

El formato para presentar una denuncia puede ser cualquiera que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 9.1 del Real Decreto 928/1998. Sin embargo, se recomienda el uso del modelo oficial, el cual debe ser completado con la siguiente información:

  1. Destinatario de la denuncia: Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, correspondiente a la provincia donde se encuentre ubicado el centro de trabajo objeto de la denuncia.
  2. Datos de identificación del denunciante: Incluyendo información personal y firma, junto con un número de teléfono de contacto.
  3. Descripción detallada de los hechos: Especificando claramente la naturaleza de la denuncia y la categoría específica a la que se refiere (laboral, seguridad social, prevención de riesgos, etc.).
  4. Fecha y lugar de los hechos: Proporcionando la fecha exacta y la ubicación precisa donde ocurrieron los eventos, en caso de no contar con una dirección específica.
  5. Identificación de los presuntos responsables: Señalando de manera clara al empleador o empresario al que va dirigida la denuncia.
  6. Información adicional relevante: Incluyendo cualquier otra circunstancia pertinente y adjuntando, si es aplicable, la documentación que respalde la denuncia.

Este enfoque estructurado y detallado asegurará que la denuncia sea presentada de manera efectiva y facilite su procesamiento por parte de las autoridades competentes.

Opciones para presentar una denuncia

Para presentar la denuncia, dispones de tres opciones:

  1. Presencial:
    • Dirigiéndote en persona a las oficinas de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.
    • Utilizando los registros de los órganos de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas (CC.AA) y de las administraciones locales, siempre y cuando haya un convenio correspondiente en este último caso.
  2. Telemática:
    • A través de la Sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Para este método, el denunciante debe contar con el DNIe (Documento Nacional de Identidad electrónico) o una firma electrónica.
  3. Vía postal:
    • Enviando la denuncia por correo postal a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En el caso de presentar la denuncia por correo o en registros sin personarse, se deberá adjuntar una copia del DNI del denunciante. Además, si es pertinente, se requerirá una autorización expresa del denunciante para que la Inspección pueda verificar sus datos de identidad en el registro correspondiente.

Es importante tener en cuenta que no se aceptan denuncias enviadas por correo electrónico. Cada opción tiene sus requisitos específicos, así que elige la que mejor se adapte a tu situación y preferencias.

El denunciante será informado sobre el progreso del expediente y, al concluir el proceso, recibirá un documento detallando los resultados.

Además, los representantes de los trabajadores tienen el derecho de recibir información sobre el estado de tramitación de las denuncias presentadas por ellos dentro de su ámbito de representación. También serán informados sobre los hechos que se hayan constatado y las medidas adoptadas en relación con dichas denuncias.