Los establecidos por tu convenio colectivo, con un mínimo de 30 días naturales en aplicación del Estatuto de los Trabajadores. El número de días de vacaciones es el mismo si eres trabajador de jornada parcial. Aunque solo trabajes una hora al día tienes las mismas vacaciones que los trabajadores a jornada completa, aunque lógicamente proporcionales a una hora diaria.

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