La empresa puede descontarte dinero de tu salario solamente en caso de ausencias no justificadas o permisos no retribuidos, siempre y cuando eso hubiera implicado que hubieras trabajado menos horas de la jornada anual indicada en el contrato o en el convenio. En ese  caso tienen que hacerte eses descuento en la nómina. Jamás aceptes cobrar lo de siempre y devolver parte en metálico, porque estarías creando un dinero B del que tú pagarías el IRPF pero se lo quedaría el empresario. Nunca pueden quitarte dinero por otras razones:

  • El artículo 58.3 del estatuto de los trabajadores prohíbe expresamente y sin acepciones las multas económicas. Por tanto jamás pueden descontarte dinero por no haber cumplido unos objetivos de ventas, por haber roto algo o por haber incumplido cualquier norma de la empresa.
  • En caso de perjuicios económicos a la empresa por negligencia tampoco pueden descontarte dinero, ya que esto forma parte del riesgo empresarial. Si la empresa quiere, que te sancione con días de empleo y sueldo o incluso que te despidan, pero como ya se ha indicado está prohibida la sanción solo de sueldo

Por tanto, la empresa no puede nunca descontarte dinero de la nómina. Nunca quiere decir nunca. Ni siquiera si hubieras robado dinero de la empresa y tuvieran pruebas de ello. Incluso en ese caso te tienen que pagar hasta el último euro hasta el día en que te despidan, si es que te despiden. Otra cosa es que la empresa inicie contra ti una reclamación de cantidad.

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