El requisito fundamental en un despido es que te comuniquen la causa, por injusta o falsa que sea . Si no te comunican la causa, el despido es considerado nulo, con la consiguiente readmisión y pagos de salarios de tramitación.

Es muy importante que siempre se tiene que considerear que estamos ante  un despido si te dan de baja en la Seguridad Social  sin que tu hayas pedido la baja voluntaria , aunque lo nieguen . Por lo tanto, una baja no voluntaria en la Seguridad Social sin carta es despido sin causa y por tanto nulo si demandas.

En el caso de que se  produzca un despido verbal podrías ser muy útil invertir la carga de la prueba mandándole un burofax a la empresa con este comunicado:

“El día xx/xx/xxxx, el Sr xxxxx me comunicó el despido verbal con efectos del día xx/xx/xxxx, sin indicar cuál es la causa del mismo, por lo que les comunico que, como consecuencia de dicho despido, no asistiré al trabajo el próximo día xx/xx/xxxx”

Si tu empresa, no contesta a este comunicado por escrito, entonces efectivamente habrá habido un despido sin causa, lo cual implicaría un despido nulo.

 

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